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SEGUNDA JORNADA POR LA DEFENSA DE LA DEMOCRACIA


 

 

chemaJosé María Carmona

La semana pasada la Suprema Corte de la Nación se pronuncio por declarar anticonstitucional la penalización de la interrupción del embarazo y el derecho de la mujer a decidir  sobre su cuerpo, con ello se despenaliza el aborto en todo el territorio nacional.

Muchos medios de comunicación, analistas y juristas han mal interpretado la sentencia de la Corte como una disposición para que los congresos locales homologuen el marco jurídico en la materia en las entidades federativas y no es así, simplemente el aborto ya no es penalizado y tampoco el máximo tribunal del país se pronuncio por la promoción del mismo, simplemente queda a criterio personal de la mujer como una opción bajo diferentes criterios de carácter social, personal y valores éticos y culturales de carácter personal para tomar dicha decisión por parte de la mujer.

Con lo anterior queda prohibida la criminalización del aborto u en otro sentido su penalización quedando sin efecto esta materia en los códigos penales de los estados, lo que significa que ninguna autoridad judicial en materia penal podrá castigar a las mujeres que practiquen el aborto.

Tampoco es necesario como se ha dicho de promover un amparo por parte de las mujeres que se practiquen el aborto, sino que llanamente se libera de sanción alguna este hecho.

Recapitulando el máximo tribunal de la nación no promueve con esta resolución el aborto, pero deja abierta la libertad personal de la mujer como una opción de manera personal y un derecho humano.

El  ministro presidente Arturo Zaldívar Lelo de Larrea  de la Suprema Corte de la Nación en entrevista con la periodista Carmen Aristegui fue categórico en el sentido de la resolución tomada en cuanto al tema al manifestar: “que queda prohibida la penalización del aborto en el territorio nacional” y que ningún órgano judicial en materia penal puede sentenciar a ninguna mujer por interrumpir el embarazo en cualquier momento. Pero también la Corte se pronuncio porque fuera más cercano en tiempo al momento de la concepción pero sin determinar el tiempo exacto.

También la Corte determino que el personal médico y de enfermería tiene el derecho humano a la objeción de conciencia, lo que quiere decir que todo aquel medico y enfermera tiene derecho a negarse a practicar un aborto, con ello queda garantizado el derecho constitucional del libre ejercicio de la práctica profesional.

Pero todavía queda pendiente el ordenamiento jurídico para garantizar el aborto en las instituciones de salud pública para que se lleve la interrupción del embarazo por parte de las mujeres en las mejores condiciones clínicas con apego a los derechos humanos y el diseño de la --política pública en la materia.

De manera coincidente el Congreso de Michoacán de Ocampo discutió y aprobó la penalización del aborto desde el momento de la concepción, al margen que como se voto, esta reforma al Código Penal de Michoacán queda sin  efecto alguno por todo lo antes argumentado y señalado.

Por otra parte, el resultado de la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación con todas las limitantes que puede tener es resultado de la movilización de miles de mujeres tanto en el país como en el mundo a través de las movilizaciones de lo que se conoce como el movimiento de las “las pañoletas verdes”.

En el país  antes de que la Suprema Corte  de la Nación tomara esta resolución, en el país existió un largo debate que polariza a la opinión pública, pero existen los suficientes argumentos en todos los ámbitos para hacer valer el derecho humano de la mujer a decidir sobre su cuerpo y su proyecto de vida.

Hoy las verdaderas organizaciones conservadoras de hecho gritan en contra a los cuatro vientos la resolución adoptada por el máximo órgano de justicia del país y invocan a valores religiosos en defensa de la vida del embrión, olvidando que vivimos en un estado laico, donde las iglesias y los ministros de las mismas tienen prohibido intervenir en la vida y los asuntos públicos por la separación de las iglesias del Estado mexicano como principio constitucional.

La despenalización del aborto en el país con todas sus limitantes es una gran conquista democrática y de derechos humanos de las mujeres que fueron víctimas de los abusos de los médicos y comadronas que por años practicaron el aborto en las peores condiciones causando miles de muertes de mujeres ante la hipocresía de una sociedad conservadora y un estado laico omiso.

Es por ello que hoy las mujeres tienen mucho que celebrar por ese gran paso por su liberación y la igualdad de género; hoy le toca al Estado mexicano brindar las garantías para que las mujeres realicen el aborto las que lo decidan en las mejores condiciones clínicas como un derecho constitucional de salud  pública. Un gran triunfo de las mujeres de pañoletas verdes símbolo de esta lucha.                                                                                                                                                                                                                            

  

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Mtro. José María Gerardo Carmona Rocha Aspirante a Rector

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NUMERO 18 JUN-JUL 2023

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Jose María Carmona

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