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SEGUNDA JORNADA POR LA DEFENSA DE LA DEMOCRACIA


 

 

Enrique Méndez

Las bancadas de PAN, PRD y Movimiento Ciudadano (MC) en la Cámara de Diputados interpondrán una controversia constitucional contra la Ley de Seguridad Interior, con el argumento central de que el artículo 73 de la Constitución no le otorga al Congreso de la Unión la facultad de legislar en la materia. Sin embargo, ayer aún no contaban con las 165 firmas necesarias para enviar el documento a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

El objetivo de esas tres fracciones legislativas era presentar la controversia constitucional ayer, si bien el plazo vence el sábado, pero debido a que la mayoría de los diputados se encuentran de vacaciones, faltan casi 35 firmas.

Uno de los fundamentos de la controversia consiste en que la seguridad interior no es parte de la seguridad pública, por lo que no es posible derivar la facultad (al Poder Legislativo) de legislar en la materia y que las fuerzas armadas están a cargo del Presidente de la República, por lo que puede disponer de ellas constitucionalmente.

Además, señalan que con la aprobación de la ley, el Congreso de la Unión violó los artículos 49 y 73 constitucionales, en materia del principio de división de poderes.

La ley transgrede el principio de legalidad, dado que ninguna autoridad puede tomar decisiones que no estén previstas o autorizadas en una disposición legal anterior, de modo que la norma carece de fundamentación, porque no se fundó el acto legislativo previsto en el artículo 16 constitucional.

También consideran que se viola el principio de salvaguarda federal, definido en el artículo 119 constitucional, respecto de que en casos de trastorno interior, serán las legislaturas locales o, en los recesos de éstas, el gobernador, los que solicitarán la intervención y protección de las fuerzas federales.

“La ley viola este principio al facultar discrecionalmente al Ejecutivo a disponer de las fuerzas federales y armadas a intervenir ante amenazas a la seguridad interior, así como a realizar ‘tareas permanentes’ en materia de seguridad interior”, dicen.

Asimismo, se “viola el derecho a la información, previsto en el artículo sexto constitucional, al considerar que la información que se genere será siempre considerada de ‘seguridad nacional’”.

Al respecto, exponen que “no se justifica que ‘toda’ la información sea considerada de seguridad nacional, además de que la ley prevé otorgar esa categoría a toda la información, incluso antes de que se genere y se clasifique”.

Uno de los puntos que más preocupa a los partidos es la forma en que se viola la libertad de asociación, porque la ley sólo define que las movilizaciones no serán consideradas amenazas a la seguridad interior, pero el concepto debe ser mucho más amplio y no ceñirse sólo a protestas, lo que violaría el artículo 16 constitucional.

También alertan respecto de que la ley prevé que en las operaciones de seguridad interior se designe un comandante de las fuerzas armadas, lo cual invade atribuciones de otros órdenes de gobierno y vulnera las propias atribuciones del presidente de la República, definidas en el artículo 89 constitucional.

Para los legisladores de oposición, la ley invade competencias de estados y municipios, así como del Ministerio Público, y violenta los derechos humanos de las personas, al no preverse que quienes sean detenidos deberán ser puestos a disposición de inmediato.

Finalmente, plantean que transgrede disposiciones en materia de recolección de información, porque las fuerzas armadas podrán obtenerla mediante medios lícitos, esto es incluso pedir a un juez la intervención de comunicaciones privadas, pero esto violaría el equilibrio del poder cívico-militar, porque se trata de una atribución de autoridades civiles e incluso del Centro de Investigación y Seguridad Nacional.

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Mtro. José María Gerardo Carmona Rocha Aspirante a Rector

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NUMERO 18 JUN-JUL 2023

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Jose María Carmona

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