chemaJosé María Carmona

El pasado 9 de marzo del presente año el H. Consejo Universitario de la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo tomo la condenable decisión de expulsar a los estudiantes que participaron en el movimiento de septiembre-octubre del 2016, llevado a cabo por el Movimiento de Aspirantes y Rechazados por haber causado supuestos daños al patrimonio universitario por la toma de las instalaciones universitarias.

Desde hace cincuenta años, la máxima autoridad de la universidad, no había expulsado a ningún integrante de la comunidad nicolaita por razones de una lucha de carácter social como es el derecho a la educación pública de manera gratuita.

De acuerdo al presidente Tribunal  Universitario, el Doctor Héctor Chávez, el dictamen era la suspensión de los involucrados por un año, pero el H. Consejo Universitario voto la expulsión definitiva; sin consultar los consejeros universitarios a sus representados, una práctica muy común, pero políticamente costosa y antidemocrática.

Esta medida que sienta un grave precedente para resolver los problemas de la vida universitaria, a la luz de Nuevo Sistema Penal Acusatorio es anticonstitucional porque viola el debido proceso, además que el Consejo Universitario no tiene facultades de carácter judicial y el propio Tribunal Universitario es en los hechos anticonstitucional porque no permiten en sus procedimientos la presunción de inocencia, además de que las líneas de investigación para deslindar responsabilidades  no se agotaron de los presuntos responsables de los daños al patrimonio universitario.

Es por ello, que la expulsión de los estudiantes nicolaitas caen en el terreno de la ilegalidad y por ello no tiene efectos; el Rector Medardo Serna González en la ejecución del acuerdo viola-que es una práctica común de las autoridades universitarias- la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos; además que con este acuerdo también se violan los derechos humanos de los expulsados, ya que no hay pruebas contundentes de que son los responsables directos del daño al patrimonio universitario motivo de la expulsión. El hecho de que durante la toma de las instalaciones universitarias, se haya dañado el patrimonio de la universidad no implica jurídicamente que sean responsables de los daños causados; más aun cuando no existen pruebas documentales, de videos o materiales que los inculpen.

El argumento de fondo en la expulsión de los estudiantes nicolaitas es que como ya se menciono con el Nuevo Sistema Penal Acusatorio, el Tribunal Universitario con todas las facultades que le otorga la Ley Orgánica y el Estatuto Universitario se encuentra en el terreno de la inconstitucionalidad, es mas sus facultades de facto están suspendidas.

Pero la expulsión también tiene su ingrediente político que fue operado por el secretario general de la universidad el Dr. Salvador García Espinoza quien controla lamentablemente el máximo órgano de gobierno de la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo, quien también causo daños al patrimonio universitario cuando rompió violentamente junto con sus ayudantes la toma de Ciudad Universitaria, en la red se encuentran los videos de dichas acciones, el hecho de ser el secretario general de la universidad no lo exonera de esta responsabilidad como funcionario universitario.

De esta manera la expulsión de los estudiantes que dirigieron el Movimiento de Aspirantes y Rechazados, hoy se encuentran en un estado de indefensión porque se han violado sus derechos humanos y constitucionales por un órgano como es el H. Consejo Universitario que no tiene facultades judiciales, es por ello que también están violentados en sus derechos constitucionales.

Varios sectores de la comunidad nicolaita han manifestado la exigencia de que la expulsión de los estudiantes quede sin efecto, y la demanda ya se hizo pública al nivel nacional. El rector tiene la última palabra de acatar el mandato constitucional vetando el acuerdo del H. Consejo Universitario.      

      

     

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